viernes, 5 de octubre de 2018

Como autorizar la exportacion de mis obras de arte con la mudanza

La gestión de la Licencia de exportación, el Aviso de exportación y el Aviso de Importación se puede realizar desde cualquier punto del país sin necesidad de realizar el trámite presencialmente

La Secretaría de Cultura informa que se ha habilitado la gestión online de la Licencia de exportación, el Aviso de Exportación y el Aviso de Importación de bienes culturales mediante la plataforma de Trámites a Distancia / TAD
De esta manera, la gestión de la Licencia de exportación, el Aviso de exportación y el Aviso de
Importación se puede realizar desde cualquier punto del país sin necesidad de realizar el trámite
presencialmente.
Contacto: Oficina Circulación de Bienes Culturales / Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales, exportación@cultura.gob.ar  (011) 4383 -0851.

¿Cuál es la diferencia entre Aviso de exportación y Licencia de exportación?

El Aviso de Exportación aplica a obras de artistas nacionales y extranjeros, vivos o fallecidos hasta el término de 50 años a contar desde la fecha de deceso del autor. La Licencia de exportación aplica a la obra de artistas nacionales y extranjeros fallecidos hace más de 50 años, anónimos y desconocidos.

¿Para qué sirve el Aviso de Importación?

El Aviso de Importación es el documento necesario para el ingreso de obras de arte al país, sean de autor desconocido o no, vivo o fallecido, siempre que no se cuente con el certificado de exportación emitido por el país de procedencia, en cuyo caso será documentación suficiente para presentar ante la Aduana de ingreso.

¿Cómo se realiza el Aviso de exportación y el Aviso de importación?

El Aviso de Exportación y el Aviso de Importación se pueden realizar por vía electrónica a través de la plataforma Trámites a Distancia ingresando mediante la opción AFIP con su CUILo CUIT y clave
fiscal nivel 2 o superior.
  1. El buscador permite encontrar el TRÁMITE de Licencia de Exportación de obras de arte o de Aviso de Exportación o de Aviso Importación a través de las siguientes palabras clave: bienes culturales, obras de arte, VUCE.
  2. Haciendo click en  INICIAR TRÁMITE aparecerá la carátula principal con los datos personales. Sólo se podrán modificar los datos de contacto. Al clickear CONTINUAR se despliegan todos los
    formularios a completar.
  3. En primer lugar se deberá completar los campos de la sección:“Datos del trámite”.
  4. Una vez completados los datos anteriores se cargarán los datos del formulario “DETALLE DE BIENES CULTURALES POR AUTOR”. Se completan los datos de todas las obras de arte a declarar de cada autor. Para incorporar más de una obra de un mismo autor, basta  clickear el signo azul (+).
  5. Factura: adjuntar la factura de compra o venta (no obligatorio).
  6. Datos y documentación adicional: agregar documentación adicional como tasaciones, cartas de invitación a exposiciones (no obligatorio).
  7. Declaración de datos del comprador/exportador/importador: Mediante este formulario podrá declarar los datos de la persona que saldrá o ingresará al país con las obras de arte.
  8. Una vez cargados los todos los documentos obligatorios, se hace click en CONFIRMAR TRÁMITE y aparecerá la leyenda EL TRAMITE SE GENERO CON EXITO. En esta instancia ya podemos visualizar el número de expediente EJ: (EX-2018-XXXXXXXX- -APN DNBYSC#MECCYT) y toda la documentación electrónica oficial que dan validez al trámite.
  9. Se recomienda anotar el número de expediente, descargar toda la documentación electrónica oficial a su ordenador e imprimirla. Esta es la documentación que presentará ante los organismos de control en caso de ser requerida.


¿Cuántas obras puedo llevar como equipaje acompañado?

Se pueden llevar hasta 15 obras de artistas vivos o fallecidos hasta el término de 50 años a contar desde la fecha de deceso del autor.

https://www.cultura.gob.ar/gestion-online-para-exportar-obras-de-arte_5245/
https://www.cultura.gob.ar/tramites/licencia-de-exportacion-de-obras-de-arte_3112/




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lunes, 17 de septiembre de 2018

Mudanzas desde Argentina

Requisitos a cumplir para mudanzas de exportación desde Argentina


El envío de un embarque de efectos del hogar y enseres del hogar usados al exterior como equipaje no acompañado (mudanza internacional) debe cumplir con los siguientes requisitos, a fines de que pueda ser documentada libre del pago de gravámenes a la exportación.

1- Pasaportes válido con residencia (permanente ó temporal) de mínimo un (1) año vigente para la Argentina.
2- Tener una visa válida de residencia permanente ó temporaria de por lo menos un 1 año para el país al cual se piensa mudar, documentada mediante un certificado consular expedido por la representación en Argentina de dicho pais.
3- Haber residido en la Argentina durante los 12 meses anteriores a la fecha en que abandonará el país para residir en el exterior. En ese lapso, no debió haber estado fuera del pais mas de 60 dias en total.
4- Se podrá embarcar desde 3 meses antes y hasta 6 meses después de la fecha en que abandonó el país a efectos de residir en el exterior. - 

Obras de arte originales: Cuando estos formen parte de los enseres del hogar propiedad del interesado, la exportación de las mismas requerirán una autorización de Artes Visuales. 
Autos, motos y embarcaciones: No forman parte de los enseres que puedan ser exportados libre del pago de gravámenes, por lo tanto deben documentarse mediante un destinación aduanera de exportación.



Esperamos que la información sea útil
Cualquier duda puntual, pueden consultarnos.
Saludos cordiales.

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En Argentina: (05411)  4373-2244 / 66